Cinco consejos para enfrentar el cierre fiscal si tiene una pyme

“Las pymes pueden aliarse con firmas asesoras en materia fiscal para que encuentren soluciones a la medida”, aportó Orlando Ramírez, presidente del Comité de Factura Electrónica de GS1. Gerson Vargas/La RepúblicaLa mayoría de instituciones que actualmente usan la firma digital iniciaron el reemplazo de documentos en papel por electrónicos, empezando por documentos sencillos, que no implicaran graves errores que afectaran a personas o cosas. Algunas instituciones han iniciado con las solicitudes de vacaciones de los funcionarios. En caso de algún error en el proceso simplemente el funcionario recreaba la solicitud y la firmaba nuevamente. El 30 de setiembre vence el periodo fiscal y los pequeños negocios al igual que otros contribuyentes del impuesto sobre la renta, deben presentar su declaración; contar con todos los documentos al día le ayudará a evitar que esta época se convierta en un dolor de cabeza. Para tener un adecuado cierre fiscal se deben presentar los ingresos obtenidos desde el 1º de octubre hasta el último día de setiembre del año siguiente; posteriormente se restan los gastos gravables con la finalidad de determinar la utilidad neta. Tras esa etapa, el Ministerio de Hacienda determina el monto a cancelar bajo la modalidad de personería física o jurídica. Aplicando cinco recomendaciones las pymes pueden hacer más fácil este proceso. Primero: Deben buscar asesoría profesional que ayude a identificar cuáles son los gastos: muchas compañías en crecimiento asocian egresos personales o familiares dentro de los corporativos, esto no es correcto, pues los primeros no son deducibles del patrimonio empresarial. “Es fundamental que los negocios muestren su realidad financiera de manera transparente, ya que es clave para obtener facilidades crediticias con entidades bancarias y que estas puedan analizar su capacidad de pago para futuros proyectos”, recomendó Manfred Lacayo, CEO de Desyfin. Segundo: Una adecuada administración de los inventarios es otra recomendación importante en este proceso; los expertos recomiendan realizar ventas extraordinarias inclusive a un menor precio para salir del exceso de productos, si es necesario Tercero: Crear un presupuesto fiscal, a través de un ahorro voluntario cada mes que no comprometa las utilidades y minimice el riesgo de endeudarse para cumplir con las responsabilidades del fisco, es una acción sencilla que pueden implementar las pymes. El cierre fiscal se presta para que los negocios hagan una autoevaluación interna, en la cual detecten sus oportunidades de mejora y puedan maximizar sus recursos de cara al nuevo periodo. La utilización de factura electrónica o firma digital son alternativas actuales que tienen las pequeñas empresas para agilizar sus deberes tributarios, esta medida puede resultar bastante útil a esos negocios, pero aún quedan aspectos por mejorar. “Las pequeñas y medianas empresas que utilizan el software de facturación en pequeña escala deben invertir en licencias de software, aunque el Ministerio de Hacienda todavía tiene que aclarar un poco el panorama sobre lo que se requiere para su correcta aplicación”, comentó Orlando Ramírez, presidente del Comité de Factura Electrónica de GS1. Cuarto: Planificar una estrategia que permita cancelar a tiempo los impuestos, considerando los adelantos realizados en cada periodo de renta, puede hacer que las pymes no sufran en este proceso. Quinto: El último consejo es proyectar desde ahora la próxima declaración, tomando como base los resultados actuales y las variables económicas, políticas o tributarias que tendría el mercado. Quienes incumplan con esta normativa se exponen a varias sanciones, entre ellas el cierre temporal del negocio.

DATOS DE INTERÉS

El Ministerio de Hacienda recomienda a los pequeños negocios estar al tanto de varios aspectos de cara al cierre fiscal. ¿Fecha límite? 30 de setiembre ¿Quienes deben hacerlo? Todos los contribuyes del impuesto sobre la renta ¿Cuándo se presenta la declaración? Dos meses y medio después del cierre fiscal ¿Sanciones? Multa de medio salario base/Cierre temporal del negocios Nota tomada de: LA REPUBLICA
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